Una de las noticias que durante los últimos meses ha acaparado la atención de la ciudadanía canadiense, así como también de la mexicana y estadounidense, ha sido la renegociación del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (TLC o North American Free Trade Agreement, NAFTA), el cual entró en vigor el 1 de enero de 1994.
Finalmente, después de muchas estiras y encoges, los gobiernos de Canadá, México y Estados Unidos pactaron un nuevo acuerdo comercial que cambia algunos aspectos del tratado inicial, pero que en esencia mantiene las mismas dinámicas comerciales entre los tres países. Este acuerdo ahora se llamará United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA).
La buena noticia en las áreas que tienen que ver con la temática migratoria, es que aquí prácticamente no ha habido ningún cambio, y por tanto el renombrado USMCA continuará constituyendo una de las mejores opciones que tendrán los ciudadanos de origen mexicano para optar por un permiso de trabajo y eventualmente, la residencia canadiense.
Porque tal y como hemos explicado en columnas anteriores, con todos los cambios que ha habido en los últimos años en el sistema migratorio canadiense, una de las mejores opciones que tienen los ciudadanos de Chile, México, Colombia y Perú (residentes de Perú y Colombia) para llegar a Canadá los ciudadanos son las oportunidades que les brindan sus Tratados de Libre Comercio con nuestro país.
Digo ésto porque a raíz de estos tratados hay repercusiones muy importantes para las personas que desean venir a trabajar a Canadá, al permitir que residentes permanentes y ciudadanos de estos países puedan beneficiarse dado que facilitan la entrada reciproca de distintos trabajadores a ambos países. Esto significa, en concreto, que los ciudadanos mexicanos que tengan una oferta de trabajo en ciertas categorías de una empresa canadiense, o personas que desean abrir un negocio, se les facilita la obtención de un permiso de trabajo.
Obtener un permiso de trabajo en Canadá
Es importante notar que los tratados en sí mismo no tienen ningún tipo de programa o categoría que le permita a una persona solicitar la residencia permanente en Canadá, pero sí le facilita la entrada al país con un permiso de trabajo en cuatro categorías específicas.
- Una es la categoría de personas que vienen a invertir dinero o a hacer comercio con Canadá. Para estas personas existe la posibilidad de obtener un permiso de trabajo siempre y cuando vengan a abrir una compañía.
- La segunda es la facilidad para los visitantes que vienen a hacer negocios en Canadá, a quienes se les puede conseguir un permiso de trabajo sin muchas dificultades. Generalmente esta categoría aplica para las personas que vienen a ferias, exposiciones de negocios, a personas que vienen a dar servicios por un tiempo muy corto, o artistas que vienen para hacer presentaciones específicas.
- La tercera categoría es la de altos ejecutivos que pueden venir al país mediante un proceso de transferencia de sus compañías, es decir, compañías que tienen su sede en el país de origen y que tienen una sucursal en Canadá pueden solicitar un permiso de trabajo para transferir ejecutivos a que vengan a manejar o a abrir la compañía o subsidiaria. Este programa es sólo para ejecutivos y personas con conocimientos especializados.
- La cuarta categoría que se abre con la entrada en vigor de los Tratados de Libre Comercio, y que con toda seguridad puede ser la más ventajosa, es la categoría de profesionales y técnicos, ya que hay una lista de profesiones y ocupaciones especializadas que le permiten a un ciudadano de países que han firmado un tratado con Canadá de obtener un permiso de trabajo.
Básicamente lo que se necesita es una oferta de trabajo de una compañía canadiense (la cual no necesariamente tiene que ser una compañía grande), mediante la cual se le permite a este trabajador o profesional hacer un trámite para obtener una visa de trabajo sin la necesidad de demostrar que la compañía canadiense no puede conseguir ciudadanos canadienses o residentes permanentes para hacer ese trabajo.
Este es un trámite relativamente sencillo, siempre y cuando
- el trabajador tenga una profesión u ocupación que esté incluida en la lista de profesiones del tratado
- haya una oferta de trabajo de una compañía canadiense
- la persona sea nacionalizada o nacida en uno de los países arriba mencionados
- tenga conocimientos de inglés o francés
- cumpla con los requisitos de la profesión u ocupación de acuerdo a los requisitos del tratado correspondiente